Los derechos marcarios son aplicados al signo o medio usado por las empresas comerciales o que es percibido -en el mercado- de modo asociado a ellas. Por principio, las marcas no son utilizadas fuera del ámbito mercantil pues su protección legal se enmarca dentro de las leyes de la competencia entre comerciante y de protección a los consumidores.
Los signos y marcas deben generalmente ser usadas efectivamente dentro de un contexto comercial para mantener su protección legal.
Fuera de esta esfera el signo no es considerado "marca" y su uso queda excluido de este alcance normativo.
Juicios por nulidad o por infracción, acciones de Nulidad de registro, reclamos ante diversas autoridades competentes.